SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2007-R

Fecha: 13-Ago-2007

a)

El Juez recurrido informó lo que sigue: a) En la audiencia fijada se instó a las partes a una conciliación que no se dio, luego de la intervención de los abogados se llegó a la Resolución, se indica como prueba maltrato por parte del representado del recurrente, lo que interesa al Juzgador es si hubo o no agresión, Susana Guillén Mita se encuentra con ocho semanas de embarazo, por lo que se declaró probada la denuncia de ésta y se impuso una pena de arresto de dos días del representado del recurrente; b) Cuando el abogado de “Richar” Condori Vino interpuso recurso de apelación oralmente, se le indicó que lo haga por escrito y dar lugar a la parte contraria para que conteste en el plazo de veinticuatro horas.

'a. Garantía jurisdiccional (nulla poena sine juditio); conforme a la cual, nadie será condenado a sanción alguna sin haber sido oído y juzgado conforme a las reglas del procedimiento penal y en virtud de sentencia firme pronunciada por autoridad competente. Garantía ésta que conforme a la jurisprudencia de este Tribunal es aplicable tanto al ámbito judicial como al administrativo (así, SSCC 128/2001-R, 347/2001-R y 378/2002-R, entre otros).