rechazó
Por Resolución de 16 de mayo de 2007, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz rechazó la solicitud formulada por Humberto Monasterio Iglesias, con la siguiente fundamentación: 1) en el caso de autos, la norma cuestionada no puede ser considerada inconstitucional, ya que no se está aplicando a la cuestión principal dentro del trámite de referencia, y mas bien debe tomarse en cuenta que lo referente a las excusas y recusaciones se rige por los arts. 316 y ss. del CPP; 2) por otro lado, el incidente de inconstitucionalidad formulado no puede ser promovido por ser manifiestamente infundado, ya que no cumple los requisitos establecidos por el art. 60.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), respecto a la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso penal ya mencionado.
