Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2010-CA
Fecha: 26-Abr-2008
declarando la constitucionalidad
A este argumento, se añade que en cuanto se refiere a la demanda de inconstitucionalidad del art. 8º de las Disposiciones Transitorias de la LRE, cabe recordar que este Tribunal ya se ha pronunciado sobre la problemática planteada, declarando la constitucionalidad de dicha norma. Así, en la SC 0047/2007 de 12 de diciembre, declaró “…constitucional el art. 8 de las Disposiciones Transitorias de la Ley 1565 de Reforma Educativa”; lo que inviabiliza se efectúe un nuevo examen de constitucionalidad de la referida disposición legal. (Las negrillas son nuestras).