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    1062/2010-R, de 23 de agosto
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    1062/2010-R, de 23 de agosto

    Fecha: 26-Oct-2010

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    • Partes:
    • Magistrados:
    • I. ANTECEDENTES.
    • II.1.
    • II.2.
    • o sea que, una vez emitida la orden de expulsión, se la debe ejecutar sin que el extranjero sujeto a esa decisión
    • en los casos en que las autoridades de migración deban proceder a la expulsión de extranjeros, no les está permitido mantenerlos detenidos hasta que se efectivice la expulsión, sino que ésta debe ser ejecutada inmediatamente;

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