Sentencia: 1121/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1121/2010-R

Fecha: 29-Oct-2010

-   El problema jurídico planteado

El accionante presentó el amparo constitucional con el argumento que las autoridades demandadas vulneraron los derechos a la seguridad jurídica, al acceso a la justicia y de la garantía al debido proceso, toda vez que emergente de una Resolución de conversión de acción pública a privada, el proceso penal, radicó en el Juzgado Tercero de Sentencia, cuyo titular Omar Dorado Severiche, tramitó la causa hasta dictar Sentencia condenatoria para algunos y absolutoria para otros; Resolución que fue objeto de apelaciones restringidas que motivaron el Auto de Vista 168 de 30 de junio de 2005, el mismo que a su vez fue recurrido de casación, dictándose el Auto Supremo 277-A, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, por el cual, se dejó sin efecto el referido Auto de Vista, para que el Tribunal ad quem, dicte uno nuevo, en sujeción a la doctrina legal aplicable, esto es, anulando el proceso penal y disponiendo que el Juez, imprima el trámite previsto por el art. 320 inc. 1) del CPP, por la recusación que fuera planteada por el coimputado, Enrique Moreno Suárez; demanda de recusación que fue presentada diez minutos antes de la realización de audiencia de juicio; es decir, después de haber concluido la etapa preparatoria, motivo por el cual, la misma fue considerada presentada inoportunamente por la autoridad recusada.