la búsqueda
Dichos criterios son propios de un Tribunal Constitucional que debe ser principista y garantista; la "interpretatio in peius" perfora la justicia constitucional y genera incertidumbre jurídica en el Estado Social de Derecho Plurinacional Comunitario; pues, debe entenderse que la búsqueda del supremo valor de la justicia, del suma qamaña o vivir bien, del ñandereko o vida armoniosa, del teko kavi o vida buena, ivi marei o tierra sin mal y qhapaj ñan, camino o vida noble (art. 8.I CPE), orientada por la sensibilidad social y la voluntad de resguardar la dignidad del ser humano, son los factores que deben caracterizar al guardián de la CPE y garante de los derechos humanos.
- I.1. Legitimación pasiva en casos de cambio de autoridad
- I.2. Legitimación pasiva en amparo: la acción debe presentarse contra quien ejecutó el acto ilegal y contra quién podía revisarlo
- II. Interpretación de los derechos y garantías constitucionales
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- la búsqueda
- a. Principio pro hómine
- b. El principio de progresividad
- limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las Leyes de cualquiera de los Estados Partes
- No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un Estado Parte en virtud de Leyes, convenciones, reglamentos o costumbre, so pretexto de que el presente Pacto no los reconoce
- hacer justicia
- interpretación favorable a los derechos de la Ley fundamental
- - El problema jurídico planteado
- revocó
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