SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1458/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
denegó
La Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 20 de noviembre de 2007, cursante de fs. 143 a 144 vta., por la que denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos; i) Los memoriales presentados por el recurrente fueron respondidos por la autoridad recurrida, tal cual se establece de la revisión del cuaderno procesal; ii) El Alcalde del Gobierno Municipal de Cobija, el 11 de septiembre de 2006, hizo conocer al recurrente, los aspectos de orden técnico y regulador por los que no se puede dar curso a su solicitud; y; iii) Existe sobreposición de títulos ejecutoriales entre la “Quinta Victoria” con la propiedad “Tres Puentes”.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. El recurso directo de nulidad, como vía idónea para reclamar usurpación de funciones
- APROBAR