SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1626/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1626/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III.4.   Análisis del caso

 Al respecto, cabe mencionar que la Resolución que impugna el actual accionante, es la Resolución Municipal 07/2007, empero, la demanda de acción de amparo constitucional, es de 4 de octubre de 2007, transcurriendo mas allá del plazo de presentación del recurso de amparo constitucional; consiguientemente, fuera del plazo exigido conforme prevé el art. 129.II de la (CPE), inobservado el actual accionante, este plazo que rige a la acción de amparo constitucional; ya que la presente acción como se tiene ampliamente señalado, tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinja, suprima o amenace restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y las leyes, acción de amparo que deberá presentarse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial; que en el caso de autos, tuvo conocimiento el actual accionante de las supuestas arbitrariedades asumidas por los Concejales que afectaban -a decir del accionante- sus derechos constitucionales; empero, a pesar de las supuestas arbitrariedades sufridas, la acción planteada no fue activada de manera oportuna, toda vez que quien se creyere afectado en sus derechos y garantías constitucionales, por una lógica consecuencia activa la acción tutelar en el menor plazo posible, por sentirse agraviado con las supuestas decisiones ilegalmente incurridas; extremo que en el caso de autos no se ha advertido, sino pasados más de los seis meses del plazo de caducidad que establece la norma.