SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1678/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El ciudadano, Ger Antonio Resnikoswki Khun, inició una demanda laboral ante el Juzgado Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz contra Daniel Arturo Pabón López, en su calidad de representante legal del aserradero “Taruma Ltda.”, empresa en la cual asegura haber trabajado desde el 1 de junio de 1993 hasta el 1 de febrero de 2000, hecho que no corresponde a la verdad.
Indica que, el representado del recurrente, fue convencido por su abogado Carlos Joaquín Barbery Suárez, para otorgar poder de representación en favor de Rolf Murkel Abel Durán, quien tramitó el proceso en defensa de su mandante, hasta el recurso de casación sin éxito alguno, perdiendo el proceso en todas sus instancias, dando lugar a la ejecución de sentencia, el 23 de noviembre de 2006, ordenando la detención de Daniel Arturo Pabón López, en la cárcel de Palmasola, ante lo cual interpuso recurso de hábeas corpus que le fue concedido en primera instancia e injustamente revocado por el Tribunal Constitucional, en revisión.
Expresa que, la detención efectuada, es fruto de un gran fraude procesal, organizado y perpetrado por los abogados Roberto Ruíz Pizarro, Carlos Joaquín Barbery Suárez, Rolf Murkel Abel Durán y Margarita Suárez Arana, con el añadido que los últimos nombrados son cónyuges; entonces, Gerd Antonio Resnikoswki Kuhn, era patrocinado por el esposo de la abogada ya nombrada, Margarita Suárez Arana.
Este fraude procesal se repite contra la empresa “PROCESA”, donde Gerd Antonio Resnikoswki Kuhn, inicia demanda laboral idéntica, concluyéndose que hubiese trabajado simultáneamente en las dos empresas a tiempo completo; es decir, en el aserradero “Taruma Ltda.” y en “PROCESA”, hecho inaudito. Solicita en consecuencia la nulidad de los Autos de 23 de noviembre, 8 y 19 de diciembre, todos de 2006; y los Autos de 22 de febrero y 16 de agosto de 2007.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.9.
- Fragmento 8
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR