SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1783/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1783/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

En cuanto a agotar las vías idóneas, esto no tiene sentido, ya que no tiene porque demandar a la Alcaldía, ni a la junta de Vecinos, ya que los destrozos hechos en su propiedad fueron realizados por particulares, no por la Junta de Vecinos a la que dicen pertenecer, así lo demuestran los informes de la policía, en los que se ha establecido que han sido personas particulares las que han evitado la construcción de la vivienda del recurrente.