AUTO CONSTITUCIONAL 0695/2010-CA
Fecha: 26-Nov-2010
Fragmento 4
Ante ello, la recurrente María Cristina del Rosario Canedo Justiniano, mediante memorial presentado el 14 de julio de 2007, argumentando fuerza mayor e imposibilidad de determinar los domicilios por el desconocimiento de los mismos, solicitando se proceda a la notificación mediante edictos. Dicha solicitud fue desestimada por decreto de 16 de julio de 2010, dado que por la naturaleza del recurso, las autoridades a ser citadas, tienen la obligación de remitir la documentación, a objeto de que el Tribunal se pronuncie sobre el extremo planteado en la demanda, por lo que se dispuso nuevamente que la recurrente señale los domicilios de las autoridades. No obstante, hasta la fecha no se ha dado cumplimiento a dicha disposición, habiéndose procedido únicamente a la citación de René Oscar Martínez Callahuanca, quien al margen de no responder, no remitió los antecedentes; estando pendiente la notificación a trece de los catorce recurridos.
- directo de nulidad,
- la citación mediante provisión citatoria de los Diputados recurridos, en su condición de miembros del Comité del Ministerio Público y de la Comisión de Constitución, Justicia y Policía Judicial de la Cámara de Diputados,
- la recurrente María Cristina del Rosario Canedo Justiniano, señale los domicilios de los recurridos, Claudio Pablo Banegas, David Balderrama, Antonio Sánchez Carranza, María Teresa Nuñez de Araoz, César Navarro Miranda, Arminda Méndez Terrazas, Miguel Machaca Huacani, Gonzalo David Lazcano Murillo y Luciano Menchaca Muñoz; a efecto de proceder a su citación con el Auto Constitucional 013/2010-CA
- Fragmento 4
- referida a las cuestiones procesales,
- se ordenará la citación de la autoridad recurrida, mediante provisión citatoria.
- como no es posible proceder al sorteo para el análisis de fondo,
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