AUTO CONSTITUCIONAL 0695/2010-CA
Fecha: 26-Nov-2010
referida a las cuestiones procesales,
Dada las facultades de la Comisión de Admisión, referida a las cuestiones procesales, se aboca a la admisión, rechazo, subsanación, caducidad, reposición, por no presentado o archivo de recursos demandas o consultas, y finalmente la revisión de los autos de rechazo o improcedencia de los recursos ahora acciones de amparo constitucional.
Por otra parte, las atribuciones de las autoridades que conforman el Tribunal Constitucional, en virtud del art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, Ley de Necesidad de Transición a los nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, está referida a la liquidación de causas, presentadas hasta el 6 de febrero de 2009, en ese sentido, al estar pronto a culminar el periodo de liquidación, necesariamente debe resolverse el caso, dado que no es posible que el mismo quede inconcluso o suspendido indefinidamente para su resolución.
- directo de nulidad,
- la citación mediante provisión citatoria de los Diputados recurridos, en su condición de miembros del Comité del Ministerio Público y de la Comisión de Constitución, Justicia y Policía Judicial de la Cámara de Diputados,
- la recurrente María Cristina del Rosario Canedo Justiniano, señale los domicilios de los recurridos, Claudio Pablo Banegas, David Balderrama, Antonio Sánchez Carranza, María Teresa Nuñez de Araoz, César Navarro Miranda, Arminda Méndez Terrazas, Miguel Machaca Huacani, Gonzalo David Lazcano Murillo y Luciano Menchaca Muñoz; a efecto de proceder a su citación con el Auto Constitucional 013/2010-CA
- Fragmento 4
- referida a las cuestiones procesales,
- se ordenará la citación de la autoridad recurrida, mediante provisión citatoria.
- como no es posible proceder al sorteo para el análisis de fondo,
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