Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2151/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En virtud a la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin quórum que le permita la normal Resolución de causas, que conforme a lo dispuesto por la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición de los Nuevos Entes del órgano Judicial y Ministerio Público, se designó a los nuevos Magistrados, reanudándose labores jurisdiccionales y disponiéndose mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se proceda a nuevo sorteo; habiéndose procedido con dicha actuación el 26 de octubre de 2010, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.1.Competencia del Juez Cautelar para ejercer control jurisdiccional en etapa preparatoria, velando por el cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales
- Fragmento 10
- APROBAR