SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2458/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega encontrarse indebida e ilegalmente perseguido, vulnerándose su derecho a la libertad y a la “seguridad jurídica”, debido a que la Gerencia Distrital de GRACO de Cochabamba del SIN, mediante sus fiscalizadores, desplegaron una serie de medidas de presión y desgaste psicológico contra su persona, las que se generaron como consecuencia de su petición de nulidad del proceso de fiscalización ante la existencia de varias irregularidades; sin embargo, a consecuencia de ello, recibió llamadas y otro tipo de comunicaciones “directas e indirectas” por las que se le hace conocer que ante esta acción de nulidad, el Gerente de GRACO tomó la determinación de desatar actos tendientes a generar intimidación y desprestigio, muestra de ello es la emisión de autos iniciales de sumario contravencionales, órdenes de verificación interna y de fiscalización y requerimientos, sumándose a ello que en la puerta de su oficina, se hacen presentes funcionarios en horas de la mañana y la tarde impidiéndole trabajar libremente, ocasionándole un daño material pues el portero y copropietarios del edificio lo observan como defraudador dañando su imagen profesional y calidad de persona al someterlo a tantos procesos que hasta el momento no han concluido. Corresponde dilucidar en revisión, si lo aseverado se encuentra dentro de los alcances previstos por esta acción tutelar.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. La acción de libertad y el procesamiento ilegal o indebido en el caso analizado
- Fragmento 16
- III.4. El caso analizado
- APROBAR