Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2513/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 3 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8 y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR el Auto de 28 de noviembre de 2008, cursante de fs. 20 a 21 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba y, en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida.
- improcedente
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- Fragmento 11
- III.4. El interés superior del niño, niña y adolescente
- III.5. En el caso concreto
- APROBAR