APROBAR
En base a la fundamentación jurídica precedente, el Magistrado disidente considera que el Tribunal Constitucional debió en efecto APROBAR la Resolución emitida por el Tribunal de garantías, y en consecuencia DENEGAR la acción tutelar, pero aplicando en forma directa la causal previa de denegatoria referida en los fundamentos de la presente disidencia.
