Sentencia: 0034/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0034/2010

Fecha: 17-Dic-2010

control competencial

“(…) el control competencial, es aquel que tiene la finalidad de verificar el respeto a la garantía de la competencia plasmada en los arts. 31 de la CPEabrg. y 122 de la CPE, para cuyo efecto, el recurso directo de nulidad es el mecanismo idóneo para controlar la vigencia de esta garantía.  Entonces, por lo expuesto, se tiene que el objeto de éste brazo de control de constitucionalidad, se refiere a todos los actos de naturaleza administrativa o jurisdiccional con efectos particulares que puedan afectar la citada garantía, no encontrándose dentro de su alcance por tanto, las normas de carácter general, cuya protección encuentra cauce en el control normativo de constitucionalidad tal como se explicó”.  

           “(…) el recurrente a través del recurso directo de nulidad pide se declare nulo el art. 2 del DS 29117, publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia 2991, el 2 de ese mes y año, empero, de acuerdo a los Fundamentos Jurídicos III.2. y III.3. de la presente Sentencia, se establece que esta disposición tiene alcance general, razón por la cual no puede ser analizada a través del recurso directo de nulidad por no ser ésta la vía idónea establecida en el orden constitucional imperante para el control de constitucionalidad de normas con efectos generales”.