a)
En mérito a lo señalado, se establece que en un Estado Constitucional, esta justicia tiene tres finalidades básicas a saber: a) hace respetar y prevalecer la Constitución y todas las normas y preceptos considerados supremos en relación a todo el sistema normativo infra-constitucional restante, que debe someterse a éstas; b) evita el “abuso de poder”, para que el Estado, a través de sus órganos y en el marco de la división y coordinación de los mismos, cumpla con sus fines esenciales; c) es la garante y celadora del respeto pleno y eficaz de los Derechos Fundamentales atribuidos a todas las personas.
Por lo expuesto, el control de constitucionalidad por tanto, es una herramienta de la justicia constitucional y se caracteriza por ser un filtro jurídico de verificación del estricto cumplimiento de la Constitución, consagrándose como una de las mayores aspiraciones de la justicia, ya que garantiza el respeto, supremacía y vigencia plena de la Constitución como orden fundamental y fundador de toda la organización jurídico-social.
- Partes: Oscar Candia Cabrera, Segundo Cava Carrasco, Benita Ordóñez Fernandez, María Purez Quiroga Borda, Charles Junior Suárez Quiroga, Adita Rocío Suarez Quiroga, Jimena Yamira Suárez Quiroga, Lucía Rocío Cava Ordóñez y Beatriz Cava de Bustillos
- objeto
- activaron el amparo constitucional, y dejarón que transcurra el tiempo,
- donde los accionantes hicieron un abandono de la causa, y desde que tomaron conocimiento no realizaron un seguimiento adecuado, sino actuaron con desidia, no siendo la acción de amparo constitucional una vía alternativa o supletoria de la negligencia en causa propia. Aspecto que amerita la denegatoria de la tutela solicitada
- 3. El amparo constitucional. Su dimensión procesal
- concluye con una decisión emanada del órgano contralor de constitucionalidad, la cual, debe ceñirse estrictamente al objeto y causa de la tutela pedida, en este entendido, este órgano, para evitar una disfunción de poder, no puede exceder en su función de contralor de derechos fundamentales, usurpando roles propios de la jurisdicción ordinaria, administrativa o corporativa.
- 4. Características y fines del control de constitucionalidad
- a)
- Fragmento 9
- 5. Análisis del caso concreto
