SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2658/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2658/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

a)

Ernesto H. Murillo Salvatierra, abogado de los terceros interesados, en audiencia refirió: a) Sobre este tipo de causas en particular, el recurrente debe demostrar con prueba el despojo al que ha sido sometido; b) Si bien se ha exhibido un título, es menester hacer conocer que en esos predios se han presentado un sinnúmero de propietarios, todos con documentos para intentar vender esos terrenos; c) Los documentos presentados, demuestran con absoluta claridad que ocupan esos terrenos por más de dos años; en el muestrario fotográfico se ve el estado de abandono en el que se encontraban, sin bardas; y, d) No es suficiente la sola imputación de los hechos ilegales, por el contrario, la persona o personas afectadas, deben demostrar que los mismos son verdaderos.