Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2695/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso de
En revisión la Resolución 34/08 de 26 de noviembre de 2008, cursante de fs. 132 a 133, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional presentado por Rocío Ethel Mollinedo Banda, contra Fanor Nava Santiesteban Alcalde y Eddy Chacón Ríos, Director de Gestión de capital Humano del Gobierno Municipal de El Alto, alegando la vulneración de sus derechos a la salud, a la vida, a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la defensa y al trabajo, citando al efecto los arts. 7 inc. a), d), y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- Fragmento 10
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía;
- de inmediatez
- justicia material
- el valor de la justicia
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- oportuna y efectiva de los derechos e intereses legítimos
- precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales”.
- oportuna y efectiva
- III.4. Sobre los derechos fundamentales de las personas discapacitadas
- Fragmento 20
- III.4. En el caso en examen
- APROBAR