Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2010-ECA
Fecha: 29-Mar-2010
POR TANTO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el Art. 4 de la Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Organo Judicial y Ministerio Publico de 13 de febrero de 2010;y, art7 inc 8), 50 y 93 de la de la LTC, Declara NO HABER LUGAR a la solicitud de complementacion impetrada opor Ana Yolanda Herrera Pedraza en representación de René Rojas Peña.