RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley Nº 003, arts. 31 inc. 1) y 82.III de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por Raúl Fernando Loayza Millán en representación de CECOL Ltda. contra Ángel Chambi Paco, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital del Distrito Judicial de La Paz, demandando la nulidad del Auto de 22 de diciembre de 2007.
