AUTO CONSTITUCIONAL 016/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 016/2010-CA

Fecha: 22-Mar-2010

II. Trámite procesal en la Comisión de Admisión

Ante la necesidad de reanudar labores y el despacho de causas que se encuentran pendientes de resolución en la Comisión de Admisión, en cumplimiento del art. 4.1 de la Ley 003 de 13 de febrero de 20101 ((Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del órgano judicial y del Ministerio Público), el Pleno del Tribunal Constitucional mediante Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, dispuso, en la parte resolutiva segunda, que en los recursos en los que no se hubiese emitido pronunciamiento alguno, los mismos se resolverán en base a un sorteo, acto a partir del cual correrán nuevamente los plazos procesales establecidos en 5 días hábiles para recursos directos de nulidad, 10 días hábiles para recursos y consultas propias de su competencia; habiéndose fijado el plazo de 10 días hábiles para la revisión de recursos de amparo constitucional rechazados o declarados improcedente in limine remitidos a la Comisión de Admisión, los cuales también serán resueltos mediante sorteo.