AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2010-RCA

Fecha: 13-Abr-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El  recurrente refiere que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, a formular peticiones y la garantía del debido proceso, por cuanto los Concejales recurridos pronunciaron las Resoluciones 046/2006, 46-A/2006 y 047/2006, por las que consideraron por segunda vez la renuncia presentada por el alcalde René Calvimontes Navarro, no obstante que éste ya había renunciado con anterioridad; de la misma forma, aceptaron y revocaron las determinaciones del mismo Concejo Municipal y declararon nulas las adoptadas en sesión de 8 de marzo de 2005, además de las Resoluciones 011/2006 de 27 de marzo, procediendo a elegir como nuevo Alcalde Municipal a Estanilao Arauz Arauz. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de amparo obró correctamente al disponer el rechazo in límine del recurso.