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    AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2010-CA

    Fecha: 05-Abr-2010

    II.2.1.

    II.2.1. El art. 59 de la LTC establece que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad “…procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de  una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…”

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la solicitud
    • rechaza
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2.1.
    • a)
    • II.2.2.
    • APRUEBA

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