AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2010-CA

Fecha: 05-Abr-2010

rechaza

Por Resolución de 29 de noviembre de 2007, cursante de fs. 18 a 19, Joe Jaldín Paz, Administrador a.i. de la Aduana Zona Franca Cochabamba, rechaza la solicitud formulada por Alberto Alfredo Sarti Ergueta, en representación de la empresa “Sarti Motors S.R.L.”, señalando que no se debe confundir un proceso administrativo con el trámite administrativo y que el art. 16 del DS 27190, modificatorio del art. 1 del DS 24053 que reglamenta el objeto del ICE de las ventas en el mercado interno y las importaciones definitivas de las mercancías definidas en el art. 79 de la Ley 843, fue dictado a la medida de asegurar la cabal aplicación de la normativa tributaria en procura de concretar los objetivos trazados y que en definitiva contribuyan a mejorar la eficiencia recaudadora a favor del Estado Nacional.