Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2010-CA-BIS
Fecha: 14-Abr-2010
NO HABER LUGAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley; y arts. 4 y 6 de la Ley 003, con los fundamentos expuestos, dispone NO HABER LUGAR a la reposición solicitada del AC 0038/2010-CA de 6 de abril.