Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2010-CA
Fecha: 19-Abr-2010
RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 4.I y II de Ley 003; 31 inc. 1) de la LTC concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, RECHAZA el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad interpuesto por Roxana Gentile Rojas, Diputada Nacional Suplente.
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1 Aplicación de la Constitución Política del Estado
- verificar la compatibilidad o incompatibilidad de la disposición legal impugnada con las normas previstas por la Constitución
- El objeto del recurso es el juicio de constitucionalidad de las disposiciones legales impugnadas
- a)
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- no hubiere acreditado su personería,
- RECHAZA