AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2010-CA
Fecha: 19-Abr-2010
II.3.
II.3. En el caso de autos, el LAB S.A. demanda la nulidad, entre otras, de la nota SC-STR-DS-N-0011/2008 de 21 de enero, suscrita por el Superintendente de Transportes interino, en la que dicha autoridad le comunica Omar Guido Castellón Castellón, Gerente General a.i. del LAB S.A., que su empresa debe cumplir con todas las disposiciones emanadas de la autoridad aeronáutica, en particular lo señalado en la circular instructiva DGAC 14/2008, en consecuencia y complementando lo instruido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, deberá cesar de comercializar y publicar sus operaciones como explotador de servicios de transporte aéreo regular, entretanto concluya el proceso para la obtención de la autorización para la prestación de servicios de transporte aéreo regular nacional de pasajeros, carga y correo, con la advertencia de que de continuar con la oferta de una serie sistemática de vuelos, se asumirán las acciones legales correspondientes.