AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2010-CA

Fecha: 19-Abr-2010

consulta

En consulta la Resolución de 17 de diciembre de 2007, cursante de fs. 119 a 120 vta., pronunciada por el Tribunal Sumariante de la Unidad Distrital de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura de Cochabamba, por la que se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Anahí Cintya Aguilar Jaimes, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 3, 4.I y III, 5, 6, 9, 11, 13, 14, 19, 21, 23, 24, 34, 46, 47, 92, 98, 100, 103, 104 y 107 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ), aprobado por Acuerdo 329/2006 de 19 de septiembre, por vulnerar supuestamente los arts. 29, 59.1ª y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.); 39 al 56 de la Ley del Consejo de la Judicatura (LCJ); el Decreto Supremo (DS) 23318-A de 3 de noviembre de 1992 (Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública) y la Ley de Administración y Control Gubernamentales.