SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2010-R
Fecha: 26-Abr-2010
3.
3. De los antecedentes, se constata que el recurso de hábeas corpus, ahora en revisión por éste Tribunal, es emergente de la Resolución 45/2007 de 23 de agosto dictada por la Jueza de Instrucción en lo Penal, considerada por el accionante como vulneratoria de su derecho a la libertad, pues en su parte resolutiva ordenó el: “procesamiento penal de Juan del Granado Cosio, de generales conocidas en su declaración indagatoria de fs. 3237 a 3241 por existir suficientes indicios de culpabilidad en la concisión del delito de desobediencia a resoluciones en proceso de habeas corpus y amparo constitucional previsto y sancionado por el art. 179 bis del CP, en consecuencia, remítanse obrados originales por ante el Sr. Juez de Partido en lo Penal para su juzgamiento y sea con nota de atención, previas las formalidades de ley”.
De la revisión de obrados no se constata que Juan Del Granado Cosio haya interpuesto recurso de apelación contra la Resolución 45/2007 de 23 de agosto, tampoco se evidencia que exista riesgo inminente que afecte su libertad física o de locomoción, ni se encuentre ilegalmente detenido, perseguido o preso; aplicando la Jueza demandada objetivamente la ley dentro de proceso legal.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- c)
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- 2)
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- 3.
- APROBAR