SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2010-R
Fecha: 26-Abr-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 1 de octubre de 2007, cursante de fs. 28 a 32 vta., el recurrente (ahora accionante) señala que, en el año 1996, interpusieron recurso de amparo constitucional contra el ex alcalde Ronald Mac Lean Avaroa y otros, manifestando ser los únicos y legítimos propietarios de lotes de terreno ubicados en la zona de Achumani, Sector Villa Ayacucho, Manzano Z, adjudicados y transferidos por el Gobierno Municipal de La Paz, en compensación de otros lotes de terreno, quien les otorgó registro catastral. Sin embrago, el Gobierno Municipal se rehusaba a otorgar línea y nivel, desconociendo y vulnerando su derecho propietario. Por lo que se emitió la Resolución 305/96 de 9 de agosto de 1996, disponiendo que la Dirección de Desarrollo Urbano de la Alcaldía Municipal de La Paz, conceda la línea y nivel solicitada por los recurrentes en el tiempo más breve posible, bajo la pena de incurrir en desobediencia a órdenes judiciales, Resolución aprobada por Auto Supremo 231/97 de 21 de octubre de 1997.
Manifiesta que, por el incumplimiento de las autoridades del Gobierno Municipal de La Paz de ese entonces al Auto Supremo antes referido, se inició una acción penal el 15 de junio de 1998, contra la ex alcaldesa Maria Lupe del Rosario Andrade Salmón, el ex alcalde Germán Monrroy Chazarreta y otros ex concejales, por el delito de desobediencia a Resoluciones de amparo constitucional y hábeas corpus. El 24 de abril de 2002, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal (liquidador), emitió Resolución 881/2002, disponiendo Auto ampliatorio de la instrucción contra el alcalde Juan Del Granado Cosio, por la presunta comisión del delito tipificado en el art. 179 Bis del Código Penal (CP).
El 6 de septiembre de 2002, se llevó a cabo audiencia de conciliación convocada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, llegando a un acuerdo conciliatorio en el que el Gobierno Municipal se obligó a realizar los trámites administrativos para la extensión de certificado catastral y de la línea y nivel, la autorización de la construcción del muro de cerco e inicio del trámite de aprobación de planos de construcción, por su parte los querellantes se obligaban a presentar toda la documentación necesaria ante la Alcaldía.
La Subalcaldía de la Zona Sur, el 2005 inició tramite de expropiación de los terrenos antes referidos, mediante Ordenanza Municipal (OM) 240/2007 de 4 de mayo. El 24 de abril del mismo año, el Gobierno Municipal de La Paz, solicitó la extinción de la acción penal, amparado en el art. 27 del Código de Procedimiento Penal (CPP), solicitando a la Jueza de Instrucción en lo Penal que se pronuncie, manifestando que la referida Jueza no se pronunció. El 23 de agosto de 2007, mediante Resolución 45/2007 de 23 de agosto, la Jueza de Instrucción en lo Penal, sin pronunciarse previamente a la solicitud de extinción de la acción penal presentada por el recurrente emitió Auto Final de la instrucción, disponiendo el sobreseimiento provisional a favor de ex autoridades municipales y el procesamiento de Juan Del Granado Cosio, Alcalde Municipal de La Paz.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- c)
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- 2)
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- 3.
- APROBAR