Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0211/2010-CA
Fecha: 10-May-2010
COMISIÓN DE ADMISIÓN
No interviene el Magistrado Dr. Marco Antonio Baldivieso Jinés, al no estar de acuerdo con el presente Auto Constitucional; en consecuencia a los efectos de la previsión contenida en el art. 33.I de la Ley del Tribunal Constitucional, se convocó al Magistrado Dr. Abigael Burgoa Ordoñez, para que integre la Comisión de Admisión en el presente caso.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- 1)
- II.2.
- con plenitud de jurisdicción y competencia para pronunciar autos constitucionales debidamente motivados que estén orientados a la interpretación y aplicación de las normas relacionadas a esas funciones de índole procesal, con igual efecto vinculante que una sentencia constitucional
- cambio del entendimiento jurisprudencial
- Fragmento 9
- corresponde ser aplicado de inmediato a los casos que se encuentren en trámite en este Tribunal
- 1 de abril de 2008
- RECHAZA
- COMISIÓN DE ADMISIÓN