Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2010-CA
Fecha: 17-May-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la Jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003; 31 inc.1), 33.I inc. 1) y 64.III de la LTC, resuelve en consulta APROBAR, con otros argumentos, el Auto de Vista 9 de 22 de febrero de 2008, pronunciado por los Conjueces de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; en consecuencia, se rechaza el recurso indirecto o inconstitucional de inconstitucional formulado por María Dolly Suárez de Saoane y Santa Cruz Seoane Zabala, demandando la inconstitucionalidad del art. 12.III de la LAPCAF.