Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2010-CA
Fecha: 17-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 4), 33.I inc.1 y 64.III de la LTC resuelve, en consulta APROBAR la Resolución 17/08 de 19 de marzo de 2008, cursante de fs. 21 a 24 vta., pronunciada por el Juez de Instrucción Séptimo en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Jaime Aníbal Flores Copas.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carece de fundamento jurídico-constitucional
- APROBAR