AUTO CONSTITUCIONAL 0257/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0257/2010-CA

Fecha: 26-May-2010

II.4. Análisis del caso

En el caso en análisis, de los antecedentes presentados se evidencia que dentro del recurso de amparo constitucional seguido por Lucio Vedia Villalba contra el Prefecto del departamento de Santa Cruz, el incidentista en representación de la autoridad departamental solicitó se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad demandando la inconstitucionalidad del art. 123 inc. b) del DS 27113, por vulnerar supuestamente los arts. 1, 2, 7, 109, 116, 228 y 229 de la CPE abrog.; extrañando a este Tribunal que la autoridad prefectural alegue la inconstitucionalidad de una norma dentro de un recurso de acción tutelar, en el que de acuerdo al alcance y objeto de dicho recurso se establecerá si la autoridad recurrida vulneró o no los derechos y garantías del recurrente; sin embargo, si la autoridad departamental consideró que la norma impugnada es inconstitucional, ésta al ser la autoridad administrativa encargada de la sustanciación de la impugnación a la Resolución Prefectural 010/2008 de 30 de enero (fs. 1), tuvo la posibilidad de promover de oficio el incidente de inconstitucionalidad; por consiguiente ante la imposibilidad de interponer el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro del recurso de amparo constitucional de acuerdo al entendimiento expuesto en el Fundamento II.3. de la presente resolución, hace inviable que este Tribunal ingrese a analizar el presente recurso.