Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0257/2010-CA
Fecha: 26-May-2010
rechazaron
Por Resolución de 13 de mayo de 2008 (fs. 79 vta.), los Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazaron la solicitud formulada, alegando que no se demostró la forma cómo el art. 123 inc. b) del DS 27113 se contrapone o violenta los artículos de la Constitución Política del Estado, señalados como lesionados.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazaron
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Atribución de la Comisión de Admisión
- protección inmediata y eficaz de los derechos fundamentales o garantías constitucionales
- de acceso a la justicia
- II.4. Análisis del caso
- 1º APROBAR