Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0116/2010-R
Fecha: 10-May-2010
acciones de defensa,
También existen algunas modificaciones en la configuración procesal de los antiguos recursos, siendo una de ellas, precisamente, la nueva concepción de estos medios jurisdiccionales extraordinarios como acciones de defensa, lo que repercute en los términos que deben ser utilizados por este Tribunal en la redacción de sus sentencias, pues conforme se precisó en la SC 0006/2010-R, por regla general se aplicará la Constitución vigente, al ser la norma que desarrolla de manera más amplia los derechos y garantías constitucionales.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- procedente
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- III.3. El hábeas corpus y su configuración actual como acción de libertad.
- 1.
- en materia penal
- III.5.
- inmediatamente día y hora de audiencia pública
- III.5. Sobre la identidad de objeto, sujeto y causa
- III.6. El caso analizado
- APROBAR