AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2010-RCA

Fecha: 15-Jun-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente refiere que el Juez Cuarto de Instrucción en lo Civil, ordenó la anotación preventiva de su inmueble, prorrogando dicha medida sin existir interés legal de la peticionante y sin que hubiera formalizado acción judicial alguna en el plazo legal, hecho ante el cual interpuso incidente de nulidad que fue rechazado por la misma autoridad, manteniéndose la anotación preventiva y su prórroga por tiempo y plazo indefinido, Resolución que apelada fue resuelta por la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial, quien confirmó la Resolución apelada, desconociendo ambas autoridades sus derechos a la seguridad jurídica y a la propiedad privada. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de garantías obró correctamente al declarar el rechazo in límine del recurso.