Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2010-CA
Fecha: 09-Jun-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 1), 59 de la LTC resuelve en consulta, APROBAR la RM 5071/2008 de 29 de julio, cursante de fs. 48 a 52, pronunciada por el Concejo Municipal de Cochabamba; y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Gonzalo Gabriel Terceros Rojas.