Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2010-CA
Fecha: 22-Jun-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución de 30 de agosto de 2008, cursante de fs. 30 a 31, pronunciada por la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de la Violencia Política, y en consecuencia RECHAZA, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Carolina Aponte Galvis.