Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0363/2010-CA
Fecha: 22-Jun-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1) y 64.III de la LTC concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución de 8 de septiembre de 2008, cursante de fs. 24 a 30, pronunciada por el Fiscal General de la República; y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Arturo Alcoba Durán de Castro y Ángel Durán Aly.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado vigente
- II.4. Cumplimiento de requisitos
- proceso administrativo o judicial,
- II.5. Análisis del caso
- no existe un proceso administrativo propiamente dicho
- APROBAR,