AUTO CONSTITUCIONAL 0390/2010-CA
Fecha: 30-Jun-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, con otros argumentos, la Resolución de 25 de septiembre de 2008, cursante de fs. 27 a 28, pronunciada por la Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba; en consecuencia RECHAZA, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Mario Enrique Severich Bustamante, Justino Severich Vásquez, Emilio Marín Balderrama, Ruth Inés Villarroel de Villalta, Ayda Isabel Gómez Torrico de Alcalá y Carina Montes Cárdenas.