Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0391/2010-CA
Fecha: 30-Jun-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad que le confiere los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR, la Resolución de 22 de septiembre, cursante de fs. 109 a 110, pronunciado por el Juez Quinto de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Jenny Marleny Gamboa Almaraz.