Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0395/2010-CA
Fecha: 30-Jun-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad que le confieren los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1) y 64.III de la LTC, concordante con el 33.I inc. 1), resuelve en consulta APROBAR, la RA 31/2008 de 16 de septiembre, cursante de fs. 260 a 268, pronunciada por el Superintendente General a.i. del SIREFI; y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por René Javier Caso Borda y Gastón Vaca Guzmán Aparicio.