AUTO CONSTITUCIONAL 0395/2010-CA
Fecha: 30-Jun-2010
rechazó
Por RA 31/2008 de 16 de septiembre, cursante de fs. 260 a 268, el Superintendente General a.i. del SIREFI, rechazó la solicitud formulada por René Javier Caso Borda y Gastón Vaca Guzmán Aparicio, con el siguiente fundamento: 1) Las resoluciones impugnadas como inconstitucionales, no tienen que ver con el fondo del petitorio o pretensión de los recurrentes en cuanto a la decisión que podría adoptarse en el recurso jerárquico; 2) Los solicitantes no han fundamentado los efectos que podrían producir las supuestas normas ilegales, lo que hace que el recurso carezca de fundamento jurídico constitucional; y, 3) En el supuesto que los Superintendentes fueran incompetentes, la parte recurrente debió haber planteado el correspondiente recurso de nulidad, conforme lo establece el art. 79 de la LTC.