Sentencia: 0129/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0129/2010-R

Fecha: 02-Jun-2010

1.

1. La jurisprudencia contenida en las SSCC 1077/2006-R y 0645/2007-R, bajo ninguna circunstancia otorgó inmunidad a jueces y tribunales de acciones tutelares, pues debe entenderse que la inmunidad es concebida como la “exención o liberación de cargas personales o reales” (CABANELLAS Guillermo, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Editorial Heliasta, Tomo IV, p. 427), y en el caso de las Sentencias que se comentan, lo único que establecieron fue que contra los jueces y tribunales no debía iniciarse una acción penal por las resoluciones que emita dentro de acciones tutelares, sin que previamente el Tribunal Constitucional revise la Resolución.