Sentencia: 0284/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0284/2010-R

Fecha: 29-Jun-2010

aprobó

La SC 0284/2010-R de 7 de junio de 2010,  aprobó la resolución del Tribunal de garantías y, por tanto, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que los actos demandados de ilegales en el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, están vinculados con el debido proceso y no se presentan los requisitos establecidos por la SC 1865/2004-R para su análisis a través del recurso de hábeas corpus:

“(…) Tomando en cuenta el acto lesivo demandado por el actor, circunscrito a la existencia de vicios procedimentales en la tramitación del proceso penal, éstos no pueden ser compulsados a través de esta acción tutelar, toda vez que de acuerdo a la jurisprudencia glosada, para que se active el recurso de hábeas corpus, cuando se invoca procesamiento ilegal o indebido, deben concurrir los presupuestos de vinculación directa con la libertad y absoluto estado de indefensión que no se dan en el presente caso, toda vez que el representado del accionante, se encuentra privado de libertad como consecuencia de un proceso penal seguido en su contra, por los delitos de asociación delictuosa y robo agravado; habiendo dispuesto el Juez Primero de Instrucción en lo Penal cautelar, su detención preventiva, que fue confirmada por los vocales recurridos, hoy demandados; y no así por las supuestas irregularidades circunscritas al desconocimiento de la literal presentada por el querellante o la falta de notificación con la apelación presentada.

Asimismo, no concurre el segundo presupuesto por cuanto el mandante del accionante no se encuentra en absoluto estado de indefensión; por el contrario, se evidencia una participación activa en el desarrollo del proceso, prueba de ellos es la apelación presentada contra la determinación adoptada por el Juez a quo; y por lo mismo, bien puede hacer valer los vicios procedimentales dentro del mismo proceso, a través de los recursos establecidos en el Código de Procedimiento Penal (…)”