Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2010-RCA
Fecha: 21-Jul-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La recurrente -hoy accionante-, manifiesta que no correspondía el inicio de un segundo proceso sumario por los mismos hechos y fundamentos, existiendo identidad de sujeto, infringiéndose de esta manera el principio non bis in idem, toda vez que tanto el primer como el segundo sumario, fueron iniciados en base al informe de auditoria en base al Informe de Auditoria MDE. INF. DAI. 011/06.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- Fragmento 3
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- 1.
- la improcedencia
- previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- “…1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- II.4. Análisis del caso elevado en revisión
- APROBAR,