AUTO CONSTITUCIONAL 0449/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0449/2010-CA

Fecha: 12-Jul-2010

I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión

El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, establece que las competencias y funciones de este Tribunal, se circunscriben únicamente a la “...revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009”, puesto que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los marcos establecidos por la Ley y con el análisis y fundamentación que corresponde, el Pleno de este Tribunal a través del Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo con el cómputo del plazo desde dicho acto procesal. En consecuencia, habiéndose procedido al sorteo del expediente el 7 de julio de 2010, el presente Auto Constitucional es pronunciado dentro de término. Asimismo se hace costar que una vez efectuado el sorteo, el Magistrado Dr. Marco Antonio Baldivieso Jinés, manifestó su desacuerdo con el proyecto de Resolución, motivo por el cual, el 9 de julio de 2010, el Responsable de la Comisión de Admisión, convoca al Magistrado Dr. Ernesto Félix Mur, a efecto de conocer y resolver el presente caso, contando con el número de votos, establecidos por Ley.